Con puntual seguimiento a la Reforma Penal-Fiscal que de manera histórica acontece en México, ya que en un mismo ejercicio el Ejecutivo federal propone la Reforma Penal y de forma paralela, la Reforma Fiscal, que a priori tiene como propósito el combate a la corrupción en el primer caso y, en el otro, el incremento en la recaudación de contribuciones –pese a que la misma iniciativa de la Reforma Fiscal para el ejercicio 2020 establece de nueva cuenta que no hay incremento en las contribuciones, ni creación de nuevos impuestos–, y se dice de manera coloquial cómo entender que en tres años la tasa de retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) por obtención de intereses bancarios se ha triplicado, pasando de 0.46% en 2018, a 1.04% en 2019, y llegar a 1.45% en el ejercicio 2020.
Antes de iniciar con la presentación de mi propuesta les recomiendo a empresarios, inversionistas y, en general, a todos aquellos contribuyentes, sean personas físicas o morales, que retomen los siguientes conceptos en sus empresas para valorar si tienen riesgo o no frente a una posible revisión fiscal-penal.
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